PeC · Pajas entre Colegas

Estatutos de la asociación

Esta es una versión web, clara y legible, de los estatutos de PeC – Pajas entre Colegas, preparada para que cualquier socio pueda entender cómo funciona la asociación sin tener que leer un documento escaneado o administrativo.

PeC nace para romper el tabú de la masturbación y de la masturbación compartida entre hombres, sacándola del silencio, la vergüenza y el morbo mal entendido, y llevándola a un espacio adulto, privado, cuidado y con normas claras.

PeC es una asociación sin ánimo de lucro, un club privado y una comunidad masculina adulta, formada por hombres mayores de edad, incluidos hombres trans, con sede en Madrid. Su funcionamiento se basa en socios, normas, privacidad, actividades organizadas, encuentros semanales, reserva previa, control de acceso y respeto entre participantes.

PeC no depende de subvenciones para sostener su actividad ordinaria. La asociación subsiste principalmente gracias a las cuotas, membresías, reservas y aportaciones de sus socios, que permiten mantener el espacio, organizar actividades y conservar la independencia del proyecto.

🏛️ Naturaleza
Asociación sin ánimo de lucro y club privado masculino.
📍 Sede
C. Marqués de Urquijo 42, Bajo Izda., 28008 Madrid.
🔞 Acceso
Comunidad y actividades para hombres mayores de edad, incluidos hombres trans.
💛 Sostenimiento
PeC se mantiene con las cuotas, membresías, reservas y aportaciones de sus socios.

Nota para socios: esta página es una versión informativa y de lectura interna. No sustituye al documento oficial firmado ni a la documentación registrada de la asociación. Los datos personales, firmas y elementos internos no necesarios para la lectura pública se muestran omitidos o anonimizados.

TÍTULO I · Naturaleza, identidad y fines de PeC

Artículo 1

Denominación

Bajo la denominación Pajas entre Colegas, y con la expresión abreviada PeC, se constituye una asociación sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar suficiente para el cumplimiento de sus fines.

PeC funciona también como club privado y comunidad masculina adulta, dirigida a hombres mayores de edad, incluidos hombres trans, con actividades, encuentros semanales, contenidos, servicios internos y espacios de participación organizados para sus socios.

Artículo 2

Domicilio, sede y ámbito de actuación

La sede principal de PeC se encuentra en C. Marqués de Urquijo 42, Bajo Izda., 28008 Madrid, sin perjuicio de que la asociación pueda desarrollar actividades, colaboraciones, contenidos o proyectos en otros espacios físicos o digitales.

El ámbito de actuación de la asociación podrá ser local, autonómico, nacional o digital, siempre que sus actividades se desarrollen conforme a la ley, a los estatutos y a las normas internas de PeC.

La asociación tendrá duración indefinida, salvo acuerdo de disolución adoptado conforme a estos estatutos.

Artículo 3

Fines de la asociación

PeC tiene como fin principal crear, sostener y desarrollar una comunidad privada masculina para hombres adultos, incluidos hombres trans, basada en la privacidad, la discreción, el respeto, el consentimiento, la convivencia y la participación organizada.

La asociación nace para romper el tabú de la masturbación y de la masturbación compartida entre hombres, tratándola como una realidad adulta, corporal, íntima y social que puede vivirse sin vergüenza, sin presión y sin exposición pública.

Entre sus fines se incluyen:

  1. Crear espacios privados y seguros de encuentro entre hombres adultos.
  2. Romper el tabú de la masturbación masculina y de la masturbación compartida entre hombres.
  3. Promover una cultura de respeto, consentimiento, discreción y cuidado mutuo.
  4. Organizar encuentros semanales, eventos, quedadas, actividades, talleres y propuestas comunitarias.
  5. Favorecer la educación, información y conversación adulta sobre cuerpo, intimidad, bienestar, deseo, límites y convivencia.
  6. Impulsar comunidad, apoyo entre socios y participación activa en la vida interna del club.
  7. Desarrollar contenidos, foros, herramientas digitales y recursos propios para socios.
  8. Colaborar con profesionales, entidades, asociaciones, proyectos sociales, alojamientos, servicios o embajadores que compartan valores compatibles con PeC.
  9. Proteger la privacidad y dignidad de los socios, asistentes, colaboradores y miembros de la comunidad.
  10. Mantener un proyecto independiente, sostenido principalmente por sus propios socios, sin depender de subvenciones para su funcionamiento ordinario.
Artículo 4

Actividades

Para cumplir sus fines, PeC podrá realizar, entre otras, las siguientes actividades:

  1. Encuentros semanales privados para socios y asistentes autorizados.
  2. Eventos privados con reserva previa, aforo limitado, horarios definidos y check-in organizado.
  3. Actividades temáticas, talleres, encuentros, charlas, grupos de conversación y propuestas comunitarias.
  4. Foros, comunidades online, diarios privados, canales de información y herramientas digitales para socios.
  5. Programas de acompañamiento, entrenamiento, bienestar, cuerpo, hábitos, sexualidad adulta, intimidad y autocuidado.
  6. Publicación de artículos, guías, materiales informativos y documentación interna para socios.
  7. Cesión de espacios para propuestas privadas compatibles con la naturaleza y normas de PeC.
  8. Cualquier otra actividad lícita, coherente con los fines de la asociación y aprobada por sus órganos de gobierno.

Las actividades de PeC tendrán siempre límites claros. En los encuentros y eventos del club no se permite sexo oral ni sexo anal. La asociación podrá establecer normas específicas para cada actividad y exigir su cumplimiento como condición de acceso y permanencia.

TÍTULO II · Socios, acceso y membresías

Artículo 5

Condición de socio

Podrán formar parte de PeC los hombres mayores de edad, incluidos hombres trans, que acepten estos estatutos, las normas internas, el código de conducta, la política de privacidad y las condiciones de acceso establecidas por la asociación.

La condición de socio no convierte a PeC en un local abierto al público. PeC es un club privado: el acceso a actividades presenciales podrá requerir membresía activa, reserva previa, identificación, control de acceso, aceptación de normas, disponibilidad de plaza y cumplimiento de los requisitos específicos de cada actividad.

Artículo 6

Clases de socios y modalidades de participación

PeC podrá establecer distintas clases de socios, membresías o modalidades de participación, adaptadas a la actividad real de la asociación.

  1. Socios fundadores: personas que participaron en la constitución inicial de la asociación.
  2. Socios de número: socios con participación ordinaria en la vida de la asociación.
  3. Socios colaboradores: personas o entidades que apoyen, colaboren o contribuyan al desarrollo de PeC.
  4. Socios de honor: personas reconocidas por su aportación especial a la asociación o a sus fines.
  5. Usuarios registrados o membresías digitales: personas con acceso limitado a contenidos, foro, comunidad online o herramientas internas.
  6. Membresías de acceso a actividades: modalidades que permitan reservar, asistir o participar en encuentros semanales, eventos y actividades, según las condiciones vigentes.

La Junta Directiva podrá proponer nuevas modalidades de membresía, modificar las existentes o establecer condiciones específicas, siempre dentro de los fines de PeC y con la debida información a los socios.

Artículo 7

Derechos de los socios

  1. Participar en las actividades que les correspondan según su modalidad de socio o membresía.
  2. Recibir información clara sobre encuentros semanales, eventos, normas, acceso, horarios, condiciones de reserva y funcionamiento interno.
  3. Conocer la composición básica de los órganos de gobierno de la asociación.
  4. Ser informados sobre las cuentas, gestión y actividades de la asociación en los términos establecidos legalmente.
  5. Participar en la Asamblea General cuando tengan derecho a ello conforme a su condición de socio.
  6. Proponer mejoras, actividades o sugerencias a la Junta Directiva.
  7. Ser tratados con respeto, discreción y confidencialidad.
  8. Acceder a sus datos personales, solicitar rectificación o baja, y ejercer los derechos que correspondan conforme a la normativa de protección de datos.
  9. Ser oídos antes de la adopción de medidas disciplinarias que les afecten.
Artículo 8

Obligaciones de los socios

  1. Cumplir los estatutos, el código de conducta, las normas internas y los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de la asociación.
  2. Respetar la privacidad, imagen, identidad y libertad de los demás socios, asistentes y colaboradores.
  3. No grabar, fotografiar, exponer, identificar ni difundir información sobre otros socios o asistentes sin permiso expreso.
  4. Actuar con consentimiento, respeto, higiene, discreción y responsabilidad dentro de cualquier actividad PeC.
  5. No presionar, coaccionar, perseguir, acosar ni incomodar a otros miembros o asistentes.
  6. No practicar sexo oral ni sexo anal dentro de los encuentros, eventos o actividades del club.
  7. Usar los espacios, canales y herramientas de PeC de forma responsable.
  8. Abonar, en su caso, las cuotas, reservas o aportaciones establecidas.
  9. No actuar en nombre de PeC sin autorización expresa de la Junta Directiva.
  10. No dañar el nombre, la reputación, la seguridad o el funcionamiento de la asociación.
  11. Comunicar a la organización cualquier incidencia relevante, conducta inadecuada o incumplimiento grave de normas.
Artículo 9

Pérdida de la condición de socio

  1. Renuncia voluntaria comunicada a la asociación.
  2. Impago de cuotas, reservas o cantidades debidas, cuando proceda.
  3. Incumplimiento grave o reiterado de estatutos, normas internas o código de conducta.
  4. Conductas que pongan en riesgo la privacidad, seguridad, dignidad o tranquilidad de otros socios.
  5. Incumplimiento de los límites sexuales establecidos por PeC, incluida la prohibición de sexo oral y sexo anal en encuentros, eventos y actividades del club.
  6. Uso fraudulento de reservas, accesos, membresías, identidad o herramientas internas.
  7. Decisión motivada de la Junta Directiva, con posterior comunicación y posibilidad de ser oído cuando corresponda.
  8. Fallecimiento, incapacidad legal o disolución de la entidad, en caso de personas jurídicas.

La baja no eximirá de las obligaciones económicas, disciplinarias o de responsabilidad contraídas hasta ese momento.

TÍTULO III · Normas, privacidad, conducta y acceso

Artículo 10

Privacidad y discreción

La privacidad es un principio esencial de PeC. La asociación protegerá la identidad, datos, presencia, participación e intimidad de sus socios y asistentes.

  1. Compartir la identidad de otros socios o asistentes queda prohibido.
  2. Grabar o fotografiar a personas sin autorización clara y expresa queda prohibido.
  3. Publicar imágenes, historias, comentarios o datos que permitan identificar a terceros queda prohibido.
  4. Usar información obtenida dentro de PeC para cotillear, presionar, señalar o exponer a nadie queda prohibido.
  5. Difundir fuera del club detalles personales, íntimos o privados de otros participantes queda prohibido.

La discreción no se entenderá como vergüenza, sino como una forma básica de respeto.

Artículo 11

Código de conducta

PeC contará con un código de conducta propio, de obligado cumplimiento para socios, asistentes, colaboradores, staff, embajadores y cualquier persona que participe en sus actividades.

  1. Respeto entre participantes.
  2. Consentimiento claro.
  3. Higiene personal y cuidado del espacio.
  4. Discreción dentro y fuera del club.
  5. Cumplimiento de horarios, accesos y check-in.
  6. Prohibición de grabar, fotografiar o exponer a terceros.
  7. Prohibición de presionar, insistir, perseguir o incomodar.
  8. Prohibición de sexo oral y sexo anal en encuentros, eventos y actividades del club.
  9. Aceptación de los límites específicos de cada actividad.
Artículo 12

Acceso a eventos y actividades

Las actividades presenciales de PeC, incluidos sus encuentros semanales, podrán requerir reserva previa, membresía válida, entrada, control de acceso, identificación, check-in dentro del horario indicado y aceptación expresa de las normas aplicables.

PeC podrá limitar el aforo, cerrar reservas, denegar el acceso o cancelar la participación de una persona cuando existan motivos de seguridad, incumplimiento de normas, falta de plaza, impago, comportamiento inadecuado o cualquier otra causa justificada.

PeC no funciona como local abierto de acceso improvisado. Cada actividad tendrá sus propias condiciones, horarios y límites.

Artículo 13

Límites del espacio PeC

PeC podrá definir límites específicos sobre el tipo de actividad permitida dentro de sus eventos, espacios, talleres o propuestas.

En los encuentros, eventos y actividades del club queda expresamente prohibido el sexo oral y el sexo anal. Esta norma forma parte de los límites básicos de PeC y deberá ser respetada por socios, asistentes, invitados y colaboradores.

La Junta Directiva, el staff o las personas designadas para la organización podrán intervenir, advertir, expulsar o bloquear futuras reservas cuando una persona incumpla los límites establecidos.

TÍTULO IV · Asamblea General

Artículo 14

Naturaleza

La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de PeC y estará integrada por los socios con derecho a participar en ella conforme a los estatutos y normas internas de la asociación.

Artículo 15

Reuniones

La Asamblea General podrá reunirse con carácter ordinario o extraordinario.

La Asamblea Ordinaria se celebrará, al menos, una vez al año para examinar la gestión de la Junta Directiva, aprobar cuentas, revisar actividad y tratar las cuestiones que correspondan.

La Asamblea Extraordinaria se celebrará cuando lo acuerde la Junta Directiva, cuando lo solicite el número de socios previsto legal o estatutariamente, o cuando deban tratarse asuntos de especial relevancia.

Artículo 16

Convocatoria

Las convocatorias podrán realizarse por medios digitales, correo electrónico, área privada, web de PeC, comunicación interna o cualquier otro medio que permita informar adecuadamente a los socios convocados.

La convocatoria indicará fecha, hora, lugar o medio de celebración, orden del día y condiciones de participación.

Artículo 17

Facultades de la Asamblea General

  1. Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.
  2. Examinar y aprobar cuentas, presupuestos y memoria anual.
  3. Elegir, renovar o cesar cargos de la Junta Directiva cuando proceda.
  4. Aprobar cuotas ordinarias o extraordinarias si corresponde.
  5. Aprobar el reglamento interno o sus modificaciones cuando sea necesario.
  6. Modificar estatutos.
  7. Acordar la disolución de la asociación.
  8. Aprobar la integración en federaciones, redes o entidades cuando proceda.
  9. Resolver asuntos que no sean competencia exclusiva de otros órganos.

TÍTULO V · Junta Directiva

Artículo 18

Naturaleza y función

La Junta Directiva es el órgano de gestión y representación ordinaria de PeC. Le corresponde dirigir la asociación, ejecutar los acuerdos de la Asamblea General y adoptar las decisiones necesarias para el funcionamiento diario del club.

Artículo 19

Composición

La Junta Directiva estará formada, al menos, por:

  1. Presidencia.
  2. Secretaría.
  3. Tesorería.

Cuando resulte necesario, podrán existir vicepresidencia, vocalías, coordinación de actividades, responsables de comunidad, responsables de privacidad, staff operativo u otras funciones auxiliares.

Artículo 20

Facultades de la Junta Directiva

  1. Organizar, dirigir y desarrollar las actividades de PeC.
  2. Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
  3. Gestionar encuentros semanales, eventos, reservas, membresías, accesos, canales digitales y funcionamiento interno.
  4. Velar por el cumplimiento de normas, código de conducta, privacidad y límites de actividad.
  5. Admitir nuevos socios y resolver bajas, bloqueos o expulsiones justificadas.
  6. Proponer cuotas, precios, aportaciones o modalidades de membresía.
  7. Firmar acuerdos, convenios o colaboraciones beneficiosas para la asociación.
  8. Contratar servicios, profesionales, personal, herramientas o suministros necesarios para la actividad.
  9. Representar a PeC ante administraciones, entidades, profesionales, proveedores y terceros.
  10. Gestionar la documentación legal, económica, asociativa y administrativa.
  11. Adoptar medidas urgentes para proteger la seguridad, privacidad o continuidad del club.
Artículo 21

Presidencia

La Presidencia representa legalmente a PeC, convoca y preside reuniones de la Asamblea y la Junta Directiva, ordena debates, firma documentos cuando corresponda, autoriza pagos junto con los cargos competentes y adopta medidas urgentes cuando la situación lo requiera.

Artículo 22

Secretaría

La Secretaría custodia la documentación de la asociación, redacta actas, emite certificaciones, mantiene libros o registros obligatorios, conserva comunicaciones relevantes y vela por la correcta gestión documental de PeC.

Artículo 23

Tesorería

La Tesorería custodia y controla los fondos de PeC, lleva la contabilidad o supervisa su llevanza, prepara presupuestos, balances, liquidaciones y cuentas anuales, y realiza los pagos autorizados conforme al funcionamiento interno de la asociación.

TÍTULO VI · Patrimonio, recursos económicos y documentación

Artículo 24

Patrimonio

PeC carece de ánimo de lucro. Los bienes, recursos, ingresos y herramientas de la asociación deberán destinarse al cumplimiento de sus fines, al sostenimiento del club y al desarrollo de sus actividades.

Artículo 25

Recursos económicos

PeC no recibe subvenciones para sostener su actividad ordinaria. La asociación se mantiene principalmente con las cuotas, membresías, reservas y aportaciones de sus socios.

PeC podrá financiarse mediante:

  1. Cuotas de socios o membresías.
  2. Reservas, entradas o aportaciones vinculadas a encuentros, eventos y actividades.
  3. Donaciones, colaboraciones o aportaciones voluntarias.
  4. Subvenciones públicas o privadas, si en algún momento fueran solicitadas, concedidas y aceptadas conforme a la ley.
  5. Ingresos derivados de actividades, servicios, contenidos o proyectos compatibles con los fines de la asociación.
  6. Acuerdos con embajadores, profesionales, entidades colaboradoras o proyectos afines.
  7. Cualquier otro recurso lícito aprobado por la Junta Directiva o la Asamblea General.

Ningún ingreso podrá repartirse entre los socios como beneficio privado. Todo recurso económico deberá destinarse al mantenimiento de la asociación, sus espacios, actividades, herramientas y fines sociales.

Artículo 26

Ejercicio económico

El ejercicio económico coincidirá con el año natural, salvo que la Asamblea General acuerde otra cosa conforme a la normativa aplicable.

Las cuentas se presentarán para su revisión y aprobación en la forma que corresponda.

Artículo 27

Obligaciones documentales

PeC mantendrá la documentación necesaria para reflejar su actividad, socios, acuerdos, cuentas, inventario, actas y obligaciones legales.

La asociación podrá emplear herramientas digitales para la gestión interna, siempre que se respeten la privacidad, la seguridad de los datos y la normativa aplicable.

TÍTULO VII · Disolución de la asociación

Artículo 28

Causas de disolución

  1. Por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria.
  2. Por imposibilidad de cumplir los fines previstos.
  3. Por sentencia judicial o causa legal.
  4. Por cualquier otra causa prevista en la normativa aplicable.
Artículo 29

Liquidación

En caso de disolución, se abrirá un período de liquidación durante el cual la asociación conservará su personalidad jurídica a los efectos necesarios.

La Junta Directiva, salvo acuerdo distinto de la Asamblea o decisión judicial, actuará como comisión liquidadora.

  1. Velar por la integridad del patrimonio de la asociación.
  2. Concluir operaciones pendientes.
  3. Cobrar créditos y pagar deudas.
  4. Liquidar bienes y recursos.
  5. Solicitar las cancelaciones registrales necesarias.
  6. Destinar el remanente conforme a estos estatutos y a la ley.
Artículo 30

Destino del remanente

Una vez liquidadas las deudas, el remanente, si lo hubiera, se destinará a entidades sin ánimo de lucro o fines compatibles con la naturaleza asociativa de PeC.

En ningún caso podrá repartirse el remanente entre los socios.

TÍTULO VIII · Disposiciones finales

Disposición final primera

Reglamento interno

La Junta Directiva podrá elaborar reglamentos internos, normas de actividad, protocolos de acceso, condiciones de reserva, normas de privacidad, manuales de staff, protocolos de conducta y cualquier documento necesario para aplicar estos estatutos.

Cuando dichos documentos afecten de forma sustancial a los derechos u obligaciones de los socios, deberán comunicarse de forma clara.

Disposición final segunda

Protección de datos y confidencialidad

PeC tratará los datos personales necesarios para la gestión asociativa, membresías, reservas, control de acceso, seguridad, comunicaciones internas, cumplimiento legal y organización de actividades.

La asociación no venderá datos personales ni los cederá a terceros para usos comerciales. La privacidad de los socios y asistentes forma parte esencial del funcionamiento de PeC.

Disposición final tercera

Mayoría de edad y comunidad masculina

PeC es un espacio, proyecto y comunidad exclusivamente para hombres mayores de edad, incluidos hombres trans. No se permitirá el acceso de menores a contenidos, actividades, eventos o espacios restringidos.

Disposición final cuarta

Límites sexuales de las actividades

Los encuentros, eventos y actividades de PeC tienen límites propios. Dentro de dichos límites queda expresamente prohibido el sexo oral y el sexo anal, sin perjuicio de que cada actividad pueda establecer normas adicionales más restrictivas.

Disposición final quinta

Normativa aplicable

En lo no previsto por estos estatutos, se aplicará la normativa vigente en materia de asociaciones, protección de datos, derechos fundamentales, seguridad, actividad económica y demás disposiciones que resulten aplicables.

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